Liquidación de Sociedad Patrimonial

Liquidación de Sociedad Patrimonial

La formación de una familia no siempre surge del vínculo matrimonial, la Unión Marital de Hecho (UMH) es una realidad jurídica que otorga derechos significativos, pero que también exige el cumplimiento de requisitos estrictos para proteger el patrimonio.

A diferencia del matrimonio, donde la sociedad conyugal nace automáticamente con el "sí", en las uniones de hecho la sociedad patrimonial se presume tras dos años de convivencia ininterrumpida, esta presunción legal establece que los bienes adquiridos a título oneroso durante ese tiempo pertenecen a ambos compañeros por partes iguales, sin embargo, para proceder a su liquidación, es indispensable la declaración de la Unión Marital de Hecho,  Este reconocimiento puede protocolizarse mediante:

  1. Escritura pública ante Notario.
  2. Acta de conciliación en un centro legalmente constituido.
  3. Sentencia judicial proferida por un Juez de Familia.

Desde la perspectiva del derecho civil, el aspecto más sensible es el término de prescripción, según la Ley 54 de 1990, las acciones para solicitar la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial prescriben en un (1) año contado a partir de:

  • La separación definitiva de los compañeros.
  • La muerte de uno o ambos compañeros.
  • El matrimonio de uno de los compañeros con un tercero.

Si este plazo transcurre sin que se haya iniciado la acción judicial o se haya firmado la escritura correspondiente, el derecho a reclamar la cuota parte de los bienes caduca, dejando al compañero vulnerable económicamente. 

¿Qué bienes entran en la liquidación? En Castañeda Vidal Defensores, realizamos una auditoría detallada para identificar el haber social, es fundamental distinguir entre:

  • Bienes Sociales: Aquellos adquiridos con el esfuerzo y socorro mutuo durante la convivencia. Incluye los réditos, intereses o valorizaciones generados por bienes propios durante la unión.
  • Bienes Excluidos: No forman parte de la sociedad los bienes adquiridos mediante herencia, donación o legado, ni aquellos que cada compañero poseía antes de iniciar la convivencia.

La defensa de sus derechos económicos requiere una estrategia que combine la sensibilidad humana con la contundencia procesal, nuestro equipo se especializa en la identificación de activos ocultos y en la protección de los aportes realizados durante años de vida en común.

No permita que el desconocimiento de los términos legales diluya su patrimonio, una liquidación técnica y oportuna es la única garantía de un futuro financiero estable tras una separación.

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