La unión marital de hecho se ha consolidado como una de las formas más comunes de constitución familiar, sin embargo, existe una brecha significativa entre la convivencia cotidiana y el reconocimiento legal de los derechos que esta genera.
De acuerdo con la Ley 54 de 1990, la unión marital de hecho es la comunidad de vida permanente y singular establecida entre dos personas que, sin estar casadas, deciden formar una familia, para que esta figura tenga plena validez jurídica, es indispensable que no existan impedimentos legales para contraer nupcias o, en su defecto, que se hayan disuelto las sociedades conyugales anteriores.
Requisitos Fundamentales:
- Permanencia: Una convivencia ininterrumpida que demuestre la intención de estabilidad.
- Singularidad: La exclusividad de la relación; no se pueden mantener dos uniones maritales de hecho simultáneas.
- Comunidad de vida: El apoyo mutuo, la convivencia bajo el mismo techo y la construcción de un proyecto de vida común.
El reconocimiento formal de la unión equipara los derechos de los compañeros permanentes a los de los cónyuges en el matrimonio, esto abarca tres pilares fundamentales:
- Seguridad Social: Acceso a servicios de salud como beneficiario y el derecho fundamental a la pensión de sobreviviente en caso de fallecimiento.
- Derechos Patrimoniales: Tras dos años de convivencia, surge la Sociedad Patrimonial entre Compañeros Permanentes, lo que implica que los bienes adquiridos durante la unión pertenecen a ambos por partes iguales.
- Derechos Sucesorales: El compañero permanente tiene vocación hereditaria en los mismos términos que un esposo o esposa
¿Cómo declarar la Unión Marital de Hecho?
En Castañeda Vidal Defensores, asistimos a nuestros clientes a través de las tres vías legales vigentes en Colombia:
1. Declaración por Mutuo Acuerdo
Es la vía más rápida y económica. Se realiza mediante Escritura Pública ante Notaría o a través de un Acta de Conciliación en un centro legalmente constituido. Es el método ideal para parejas que desean claridad jurídica desde el inicio.
2. Proceso Judicial de Declaración
Cuando no existe acuerdo entre las partes, o tras el fallecimiento de uno de los compañeros, es necesario iniciar un proceso ordinario ante un Juez de Familia. Aquí, la labor probatoria de nuestros abogados expertos es crucial para demostrar la existencia de la unión mediante testimonios, documentos y pruebas documentales.
La correcta formalización de su unión es el pilar sobre el cual se construyen futuras reclamaciones de liquidación de bienes o protección pensional, una asesoría técnica deficiente puede resultar en la pérdida de derechos sobre el patrimonio construido durante años.
La simple convivencia no genera automáticamente la sociedad patrimonial ante la ley para efectos de terceros o registros públicos; la declaración formal es obligatoria para ejercer plenamente sus derechos.
¿Necesita formalizar su situación sentimental ante la ley? En Castañeda Vidal Defensores estamos listos para representarle.